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Altos cargos

Se recogen así mismo las retribuciones del titular de la Alcaldía y de los/las concejales/las.

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de las dietas por asistencia a órganos colegiados.

Tal y como dispone el artículo 75.5 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el pasado 22 de noviembre de 2019 adoptó el siguiente Acuerdo:

PRIMERO.- En cuanto a las dietas por asistencia a órganos colegiados previsto en el artículo 75.3 de la citada Ley 7/1985, se establece el siguiente régimen de asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de órganos colegiados municipales de los que forman parte los miembros de la Corporación, siempre y cuando no desempeñen sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial:

  • Asistencia a Plenos: 48,00 euros.
  • Comisiones de cuentas: 14,40 euros.
  • Indemnizaciones por razón del cargo: 48,00 euros.

La percepción de las indemnizaciones establecidas queda condicionada a la efectiva asistencia a los órganos colegiados de los que forma parte cada miembro de la Corporación, por lo que en caso de inasistencia no se efectuará derecho a las mismas. La celebración de varias reuniones o sesiones del mismo órgano en el mismo día, solo dará derecho a la percepción de una asistencia.

SEGUNDO.- A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 75.5 de Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el presente Acuerdo se publicará en el Boletín Ofi cial de Cantabria y se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

MIÉRCOLES, 18 DE DICIEMBRE DE 2019 - BOC NÚM. 242 

 

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de retribuciones a cargos de la Alcaldía por dedicación parcial.

Tal y como dispone el artículo 75 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el pasado 5 de julio de 2019 adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Establecer el desempeño del cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Arredondo en régimen de dedicación parcial al 50%.

SEGUNDO.- Establecer el siguiente régimen de retribuciones para este cargo:

  • Este puesto de Alcaldía será retribuido con 14 pagas mensuales de 1.428,57 euros, doce correspondiéndose a las mensualidades del año y las dos restantes en los meses de junio y diciembre.
  • La dedicación mínima, para la percepción de dichas retribuciones, se fija en el 50%, siendo la jornada de 4 horas diarias.

TERCERO.- Asumir el Ayuntamiento las obligaciones que las normas de Régimen de la Seguridad Social imponen a las empresas en relación con los trabajadores a su servicio.

CUARTO.- La Corporación asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda.

QUINTO.- Las referidas retribuciones serán efectivas desde el 15 de junio de 2019.

SEXTO.- Publicar de forma íntegra en el Boletín Ofi cial de Cantabria y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento el acuerdo del Pleno adoptado a los efectos del artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. 

LUNES, 22 DE JULIO DE 2019 - BOC NÚM. 140 

 

Corrección de errores al anuncio publicado en el BOC número 176, de 11 de septiembre de 2015, de acuerdo de modificación de las retribuciones de la Alcaldía por dedicación parcial.

Advertido el error en el anuncio publicado "acuerdo de modificación de las retribuciones de la Alcaldía por dedicación parcial" publicado en el BOC número 176, de 11 de septiembre de 2015, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En el párrafo donde dice: "SEGUNDO.- Establecer el siguiente régimen de retribuciones para este cargo:

  • Este puesto de Alcaldía será retribuido con 14 pagas mensuales de 963,85 euros, doce correspondiéndose a las mensualidades del año y las dos restantes en los meses de junio y diciembre".

Debe decir: "SEGUNDO.- Establecer el siguiente régimen de retribuciones para el cargo de alcalde del Ayuntamiento de Arredondo:

  • Este puesto de Alcaldía será retribuido con 14 pagas mensuales de 1.428,57 euros, doce correspondiéndose a las mensualidades del año y las dos restantes en los meses de junio y diciembre".

Y en el párrafo donde dice: "QUINTO.- Las referidas retribuciones serán efectivas desde el 13 de junio de 2015".

Debe decir: "QUINTO.- Las referidas retribuciones serán efectivas desde el 1 de agosto de 2015".

MIÉRCOLES, 14 DE OCTUBRE DE 2015 - BOC NÚM. 197 

 

Acuerdo de modificación de las retribuciones de la Alcaldía por dedicación parcial.

Tal y como dispone el artículo 75 de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el pasado 3 de septiembre de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:

Examinado el expediente tramitado al efecto a instancia de la Alcaldía, visto el informe de Secretaría-Intervención con base a lo preceptuado en el artículo 75 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

PRIMERO.- Establecer el desempeño del cargo de alcalde del Ayuntamiento de Arredondo en régimen de dedicación parcial al 50%. SEGUNDO.- Establecer el siguiente régimen de retribuciones para este cargo:

  • Este puesto de Alcaldía será retribuido con 14 pagas mensuales de 963,85 euros, doce correspondiéndose a las mensualidades del año y las dos restantes en los meses de junio y diciembre.
  • La dedicación mínima, para la percepción de dichas retribuciones, se fi ja en el 50%, siendo la jornada de 4 horas diarias.
  • Las retribuciones fijadas se actualizarán para los sucesivos ejercicios de conformidad con lo que para las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas dispongan las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.

TERCERO.- Asumir el Ayuntamiento las obligaciones que las normas de Régimen de la Seguridad Social imponen a las empresas en relación con los trabajadores a su servicio.

CUARTO.- La Corporación asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda.

QUINTO.- Las referidas retribuciones serán efectivas desde el 13 de junio de 2015.

SEXTO.- Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el acuerdo del Pleno adoptado a los efectos del artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. 

VIERNES, 11 DE SEPTIEMBRE DE 2015 - BOC NÚM. 176 

 

Retribuciones de cargos electos anuales

Administración

Materia

Variable

2019

2020

2021

Corporaciones Locales/Cantabria/Cantabria/Arredondo

Retribuciones de cargos electos de las EELL

Total percibido cargos electos

       19.999,98 €

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Corporaciones Locales/Cantabria/Cantabria/Arredondo

Retribuciones de cargos electos de las EELL

Total percibido cargos electos / Percepción total Alcalde/Presidente con dedicación parcial

       19.999,98 €

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Corporaciones Locales/Cantabria/Cantabria/Arredondo

Retribuciones de cargos electos de las EELL

Total percibido cargos electos / Percepción total Alcalde/Presidente con dedicación parcial / Retribuciones Alcalde/Presidente dedicación parcial

       19.999,98 €

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Corporaciones Locales/Cantabria/Cantabria/Arredondo

Retribuciones de cargos electos de las EELL

Total percibido cargos electos / Percepción total Alcalde/Presidente con dedicación parcial / Otras percepciones Alcalde/Presidente dedicación parcial

                  -   €

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Corporaciones Locales/Cantabria/Cantabria/Arredondo

Retribuciones de cargos electos de las EELL

Total percibido cargos electos / Percepción total Concejales Concejales sin dedicación

                  -   €

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RETRIBUCIONES PERSONAL ELECTO.csv