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Funciones

De acuerdo con las previsiones establecidas en el Reglamento de organización general de la Entidad Local en la normativa en vigor, se informa de la estructura funcional-jerárquica, integrada por las áreas y unidades que se citan.

Resolución 79/2019 de la Alcaldía de distribución de áreas y delegaciones.

Con fecha 2 de julio de 2019, el señor Alcalde ha dictado Resolución de Alcaldía número 79/2019, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Habiéndose renovado la Corporación Municipal de este Ayuntamiento como consecuencia de las Elecciones Locales celebradas el día 26 de mayo del corriente, y habiendo tomado posesión de la misma con fecha 15 de junio actual, procede que por mi autoridad se efectúen las delegaciones a que haya lugar, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 a 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por lo que se decreta:

Por medio de la presente tengo a bien RESOLVER:

PRIMERO.- Crear las siguientes áreas y conferir las siguientes delegaciones de atribuciones a favor de los señores Concejales:

  • HACIENDA Y URBANISMO: Se delega el estudio, organización y seguimiento de las necesidades de la ejecución de obras y servicios municipales en el concejal don José Francisco Villegas Gómez.
  • FESTEJOS Y DEPORTES: Se delega el estudio, organización y seguimiento de las necesidades en los asuntos municipales a que se refi ere esta materia en el concejal don Manuel Fernando Abascal Fernández.
  • GANADERÍA, PERSONAL Y CULTURA: Se delega el estudio, organización y seguimiento de las necesidades en los asuntos municipales a que se refi ere esta materia en el concejal don Ángel Maza Fernández.
  • OBRAS: El estudio, organización y seguimiento de las necesidades en los asuntos municipales a que se refi ere esta materia en el Alcalde del Municipio don Leoncio Carrascal Ruiz.

Esta delegación no supone en ningún caso otorgamiento de capacidad resolutiva fi nal en los asuntos correspondientes a las materias citadas, que queda reservada a esta Alcaldía.

Con las delegaciones otorgadas, quedan revocadas las existentes hasta esta fecha a favor de los señores Concejales.

SEGUNDO.- Notifíquese a los interesados, publíquese en el Boletín Ofi cial de Cantabria y dese cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre".

Lo que se publica para general conocimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en concordancia con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

VIERNES, 12 DE JULIO DE 2019 - BOC NÚM. 134